El Derecho en ConTexto.
Por Luis Daniel Juárez García
Amado Nervo no se equivocó cuando afirmó que la cultura vial también es cultura. ¿Por qué? Porque si no conociéramos las reglas de tránsito y no nos incorporáramos a su flujo, generaríamos una situación de peligro para nosotros y para los demás. ¿Quién podría negar que un conductor que ignora que el semáforo en rojo significa “alto” es un riesgo latente al volante?
De forma muy similar opera la cultura jurídica. El Derecho y las leyes regulan la conducta humana; nos indican qué está permitido y qué no. Esto es un hecho irrefutable, estemos o no de acuerdo con él. La ley regula nuestras vidas aun cuando decidamos ignorarla.
También en el Derecho existen semáforos, señalizaciones, límites y zonas de riesgo. No ser conscientes de ellos nos coloca en situación de vulnerabilidad: por ejemplo, no saber que abonar solo una parte de la pensión alimenticia puede considerarse incumplimiento y derivar en un proceso penal por abandono de familiares; o desconocer que firmar un pagaré implica un instrumento de ejecución inmediata, capaz de provocar un embargo incluso antes de que concluya un juicio de cobro.
A pesar de la relevancia que la cultura jurídica tiene en nuestra vida cotidiana, estos temas suelen resultarnos indiferentes o agotadores. Solo nos interesan cuando ya necesitamos una solución. Sin embargo, uno de los principales propósitos de la cultura no es resolver conflictos, sino prevenirlos: evitar que las personas lleguemos directamente a la etapa de las consecuencias sin haber pasado antes por la etapa de la prevención.
La conciencia social reconoce la existencia de la cultura artística, deportiva, de la salud o vial. Incluso las nombra, las promueve y, en apariencia, las valora. Sin embargo, ese reconocimiento no garantiza su asimilación en la conciencia colectiva: todos los días vemos personas enfermar por no cuidar su salud, morir por no respetar los límites de velocidad, o talentos artísticos y deportivos perderse entre distracciones que dichas culturas, en teoría, deberían contener.
Esta contradicción entre lo que se reconoce y lo que realmente se practica permite dimensionar una realidad aún más desalentadora: si culturas socialmente reconocidas siguen siendo ignoradas en los hechos, ¿qué puede esperarse de la cultura jurídica, que ni siquiera ha alcanzado ese nivel de reconocimiento? La cultura jurídica no solo se ignora; muchas veces ni siquiera se concibe como cultura. Y cuando una herramienta preventiva no existe en la conciencia social, las consecuencias de su ausencia no se atenúan: se agravan.
Sería un error —y una injusticia— responsabilizar únicamente al individuo de esta contradicción estructural. La dinámica de la vida actual, acelerada y muchas veces esclavizante, asfixia su mente, su corazón y su espíritu. Al individuo le preocupa curar a un familiar enfermo, llevar alimento a su hogar, pagar deudas para no perder lo poco o mucho que ha construido. Le preocupa resolver conflictos inmediatos, cuyos procesos de solución parecieran diseñados para desgastar toda la energía que aún le queda. Como si estuvieran estructurados para mantenerlo lejos, precisamente, de las herramientas que podrían liberarlo de esa vida al día, al límite, al borde.
Tal vez no seamos testigos del momento en que el individuo sea verdaderamente libre de esta dinámica que agobia su existencia. Pero esa libertad solo llegará si hoy comenzamos a liberar las ideas que, algún día, habrán de liberarlo.