Redacción CTXT Mx / Karina Cancino
La Comisión de Búsqueda de Personas de Jalisco, anunció que la Fiscalía General de la República (FGR) determinó que solo personal de instituciones oficiales podrá estar presente en el procesamiento de la zona de hallazgo en el municipio de Teuchitlán, donde se realizan diligencias en el rancho Izaguirre.
En un comunicado, se informó que “la FGR atrajo la carpeta de investigación, por lo que dictó la instrucción de que solo podrán encontrarse en la zona personal de las instituciones.”
Asimismo, precisó que en caso de que se autorice la presencia de otros actores en calidad de observadores, la notificación se hará en tiempo y forma.
“Una vez esta autoridad federal determine que puedan acudir en calidad de observadores, en tiempo y forma se les hará de su conocimiento”, señala el documento.

Imagen:CBJ
El colectivo Guerreras Buscadoras de Jalisco, dirigido por Indira Navarro, denunció que la Fiscalía General de la República (FGR) pretende excluirlas del procesamiento en el Rancho Izaguirre, un sitio donde han encontrado restos humanos.
“Insdamisible que a nuestro colectivo y las demás víctimas, se le quieran excluir por parte de la Fiscalía General de la República pues nos están violando nuestros derechos como víctimas”, señalaron en un comunicado, en el que también pidieron la intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
De acuerdo con la agrupación, el hallazgo de restos humanos en el rancho fue resultado de su propia labor, por lo que consideran injusto que las autoridades ahora las aparten del proceso.

Foto: Guerreros Buscadores de Jalisco
“Nosotros hicimos el trabajo que le correspondería hacer al gobierno de Jalisco y ahora resulta que les incomodamos, no aceptaremos ya más simulación por parte del gobierno”, expresaron.
El colectivo también criticó la actuación del fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero.
“Ya empezamos mal Alejandro Gertz Manero, ya no soportamos tanta indolencia, falta de empatía y arrogancia gubernamentales, ya basta!!”, manifestaron.

Captura de pantalla
El artículo 92 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas establece que los familiares de personas desaparecidas y sus representantes tienen derecho a acceder a la información relacionada con la búsqueda de sus seres queridos.
Esto incluye indicios, evidencias y pruebas obtenidas durante el proceso.
Para garantizar este derecho, la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) y las Comisiones Locales de Búsqueda deben implementar mecanismos eficientes que permitan a los familiares no solo recibir información, sino también proponer acciones de búsqueda e investigación.
Además, la ley señala que los familiares pueden acompañar y dar seguimiento a las diligencias de búsqueda, asegurando que su participación esté garantizada en todo momento. Sin embargo, esto debe realizarse conforme a los protocolos oficiales y siempre protegiendo su seguridad e integridad emocional.
Finalmente, el artículo aclara que todas estas disposiciones están sujetas a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, lo que significa que deben respetar las normas y restricciones aplicables en materia de investigaciones judiciales.