Por Juan Pedro Barrón
En 1977, el artículo 6 de la Constitución Federal fue reformado para incluir que el Estado mexicano garantizaría el derecho a la información de todas las personas. Eran tiempos del PRI como partido hegemónico.
Ignacio Burgoa Orihuela, jurista, catedrático y autor de varios libros de lectura obligada en las escuelas de derecho, hizo una solicitud al gobierno federal pidiendo información sobre la deuda pública de ese entonces.
La información le fue negada y, como no existía un instituto de transparencia o una autoridad especializada, recurrió al Poder Judicial Federal. Primero, ante un juez de distrito que le negó el amparo al considerar que el gobierno federal no estaba obligado a entregar información de la deuda a cualquier persona que la solicitara, y que, si deseaba obtener información, esta ya estaba disponible en el informe presidencial.
Contra esa sentencia, Burgoa promovió un recurso de revisión ante la Sala Administrativa de la Suprema Corte de Justicia, que también falló en su contra, eximiendo al gobierno federal de entregar la información.
Esto sucedió a principios de los años 80.
El constitucionalista no tuvo acceso a información pública, confiable y veraz sobre la deuda pública contraída por los gobiernos emanados del PRI, que gozaba de amplia aceptación y cuya predominancia en el poder se prolongaría todavía dos décadas más hasta la alternancia.
Más de 30 años después de este revés para el jurista, en 2014 se creó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), con las funciones principales de garantizar el derecho a la información y la protección de datos personales, precisamente para evitar situaciones como la que vivió Burgoa.
Sin embargo, existe el riesgo latente, casi inevitable, de que el INAI desaparezca y sus funciones sean trasladadas al gobierno federal, como en los tiempos en que Burgoa hizo su solicitud.
Es cierto que en aquella época no existía un marco normativo que regulara el procedimiento para hacer solicitudes ni los casos en los que procedería la negativa por reserva o confidencialidad.
Pero ante la proximidad de una mayoría calificada de la coalición ganadora el 2 de junio, ¿tenemos la certeza de que la Ley de Transparencia no será abrogada o que no se ampliarán los casos en los que la información pueda ser reservada, u otras reformas que limiten el derecho humano a saber del quehacer público?
Además, el Poder Judicial Federal está a punto de ser reformado, y los efectos sobre la impartición de justicia son inciertos.
No me aventuro a afirmar que estamos ante una regresión hasta no ver las primeras respuestas de los sujetos obligados y las resoluciones de las quejas de los solicitantes por parte de las áreas del propio sujeto que haya negado la información.
En pocas palabras, serán juez y parte.
Sin embargo, la historia es implacable, y su veredicto es claro: el poder absoluto, en manos de una sola persona o un grupo, no es sano para una nación, ni para una incipiente democracia.